COMUNICACIONES AL XXX CAPÍTULO DE UCACYL
Organización comunicante: UCACYL

EL SISTEMA DE ARBITRAJE EN EL CONSUMO ENERGÉTICO

Asesor - redactor: D. Luis Morcillo Bobillo
Director de la OMIC y Secretario de la Junta Arbitral de Burgos

El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. En su desarrollo la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, disponía en su artículo 31 que el Gobierno debía establecer un sistema arbitral, sin formalidades especiales y cuyo sometimiento al mismo fuera voluntario, que resolviera, con carácter vinculante y ejecutivo para las partes interesadas, las quejas o reclamaciones de los consumidores o usuarios.

En la actualidad, España cuenta con un sistema arbitral de resolución de conflictos derivados del consumo, suficientemente contrastado y experimentado, con órganos denominados Juntas Arbitrales en los distintos ámbitos territoriales y de carácter municipal en todas las capitales de provincia del estado español.

El sistema arbitral de consumo tiene como finalidad atender y resolver con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes las quejas o reclamaciones de los consumidores y usuarios, en relación a sus derechos legalmente reconocidos, todo ello sin perjuicio de la protección administrativa y judicial.

El legislador, pretendía con la creación de este sistema proporcionar un instrumento eficaz que resolviera las reclamaciones de consumo y/o uso, de todos y cada uno de los sectores que proporcionan bienes y servicios a la sociedad española, sin excepción alguna.

Sin embargo, tras más de treinta y tres años de vigencia de la constitución y quince años de funcionamiento del arbitraje de consumo, el sector energético, uno de los sectores estratégicos más relevantes de la económía, y del que todos los ciudadanos españoles somos consumidores y/o usuarios, no ha dado paso alguno en pro de garantizar la defensa y protección de los legítimos intereses económicos de sus consumidores.

Si bien es cierto, que desde 1984 se impulsan desde los poderes públicos políticas encaminadas a la defensa de los derechos de los consumidores, en este sector y en otros no menos importantes, no se ha avanzado un ápice en esta materia.

De hecho, lejos de darse pasos encaminados a que el sector energético acepte el sistema nacional de arbitraje de consumo, es el propio Gobierno el que da pasos en sentido contrario, potenciando otros "supuestos" medios de protección del consumidor.

Así, antes de la liberalización del sector, el Gobierno sorprendentemente creaba la "Oficina de defensa del consumidor energético", órgano dependiente de la Comisión Nacional de la Energía, cuyas principales funciones se basan en informar y resolver las controversias que pudieran surgir entre los operadores del sector de la energía y sus clientes, e informar al Gobierno sobre las reclamaciones presentadas por los usuarios y, en su caso, proponer mejoras regulatorias que eviten que estas situaciones se reproduzcan.

El propio Ministro de Industria Turismo y Comercio, responsable de su creación, afirmaba que la nueva entidad velaría por la adecuada protección de los consumidores/usuarios del sector, frente a las compañías suministradoras de energía y contribuiría a que los ciudadanos contaran con un servicio de calidad, redundando en una mayor competencia en el sector energético.

La nueva oficina representara, decia el titular del ministerio, "un paso más" en la protección de los derechos de los usuarios en un momento de creciente demanda de mayor transparencia, claridad e información en la facturación por parte de los consumidores. Junto con la ya creada Oficina de Cambio de Suministrador, cuya función es supervisar y agilizar los posibles cambios de suministrador conforme a los principios de transparencia, objetividad e independencia, ofrecen una completa estructura de servicios de defensa de los intereses y de los derechos de los consumidores con vistas a la liberalización de los mercados energéticos.

Sin embargo, la norma por la que se creó dicha oficina no determina que valor tendrán sus decisiones ante las reclamaciones de los usuarios. Así, denomina "función de arbitraje" al papel que desempeñará para "resolver las controversias", pero no aclara si será un auténtico sistema arbitral, con laudos de obligado cumplimiento para las partes que se sometan a él, o un simple papel de mediación del que pueden no obtenerse resultados vinculantes. Por otro lado la resolución de conflictos sólo podrá llevarse a cabo si las compañías eléctricas y gasistas quieren, ya que esta función tendrá carácter voluntario para las partes.

Su creación se inspira en la británica Energywatch, que desde hace tiempo representa los intereses de los consumidores británicos de gas y de electricidad. Parece contradictorio, que el Gobierno decidiera crear dicha oficina después de que los propios responsables del Ministerio de Industria dejaran claro "que la resolución de los conflictos entre los usuarios y las eléctricas y las competencias para expedientar administrativamente a las compañías eléctricas ante posibles irregularidades corresponden a las Comunidades Autónomas".

Se puede concluir, que lejos de cumplir los objetivos que anunció en su día el Gobierno, dicha oficina es totalmente desconocida, no ha logrado la confianza de las asociaciones de consumidores, y los usuarios del sector energético carecen en la práctica de un mecanismo ágil y útil para canalizar y resolver sus reclamaciones.

España cuenta con organismos específicos para la resolución de conflictos entre los usuarios y las empresas, a través del Sistema Arbitral de Consumo, un sistema rápido y gratuito al que las compañías eléctricas siguen sin adherirse, por lo que en lugar de apostar por nuevas fórmulas de protección y resolución de reclamaciones específicas para cada sector, copiadas de países que tienen sistemas de protección diferentes, se deben fomentar y potenciar los existentes, evitando políticas regulatorias dispares sin perspectivas ni visión de conjunto y de espaldas a las organizaciones representativas de los intereses de los usuarios, para evitar que el nuevo órgano acabe siendo tan lento y poco operativo como la Oficina de Atención al Usuario del sector de las Telecomunicaciones creada con anterioridad.

Por ello, esta comunicación propone que las organizaciones de consumidores analicen la situación del sector energético desde el punto de vista de la defensa real y efectiva de los derechos de los usuarios, exijan de los poderes públicos políticas coordinadas en esta materia y en su caso propongan y eleven las medidas conducentes a su mejora.

 
UNIÓN DE CONSUMIDORES Y ADMINISTRADORES DE HOGAR: UCACYL